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La certificación corresponde a un proceso de repetición anual que es ejecutada por una agencia certificadora inscrita en el mercado destino, la cual confirma el cumplimiento del sitio de producción y del sistema de gestión de los recursos de la empresa respecto a la regulación exigida por el mercado final, con este fin se requieren diversos documentos probatorios para lo cual facilitamos un listado y formatos de éstos. De tal forma que al aprobarse tal cumplimiento, el producto obtenido puede ser etiquetado como orgánico, ecológico o biológico. Dado que las regulaciones para la certificación de agricultura orgánica no son homologables entre sí y tampoco son de tipo retro-activas, se recomienda solicitar la certificación para todos los mercados donde se pretenda comercializar el producto. A nivel de la producción primaria un producto puede etiquetarse “orgánico” o con sus términos equivalentes, sólo si ha pasado por un periodo de conversión o transición. Periodo que empieza a contarse a partir del día de la inspección del sitio de producción, no obstante, existe la oportunidad para que un proyecto pueda postular a un reconocimiento del manejo anterior y de esta forma optar a que el periodo de transición sea considerado como iniciado con una fecha anterior al día de la inspección en terreno.
CERTIFICACION CON RECONOCIMIENTO DE MANEJO ANTERIOR |
CERTIFICACION CON RECONOCIMIENTO DE MANEJO ANTERIOR |
CERTIFICACION DEL REGIMEN ORGÁNICO CANADIENSE |
CERTIFICACION DEL ESTÁNDAR AGRÍCOLA ORGÁNICO JAPONÉS (JAS) |
CERTIFICACION BIO SUISSE |