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En las operaciones de Procesamiento se incluyen aquellas unidades donde se realiza manipulación y/o transformación del producto cosechado; dentro de éstas se incluyen centros de acopio, packing, frigoríficos, vitivinícolas, envasadoras, industrias, etc.
La certificación corresponde a un proceso, que se repite anualmente, donde una tercera persona confirma el cumplimiento de una regulación exigida por un mercado en particular.
Cuando se trate de la primera vez que se certifica la unidad de procesamiento, la empresa deberá tramitar su certificación ex-antesde recibir productos certificados como “orgánicos” o etiquetados con sus términos equivalentes.
Estas operaciones pueden certificarse utilizando las regulaciones que estén legalizadas en el mercado destino y, para mercados donde no exista una versión legal corresponde al comprador definir cual regulación le interesa que el producto cumpla para su ingreso a ese país en particular. No obstante, algunas regulaciones dejan exentas de certificación a las unidades que sólo almacenan productos sin hacer re-envasado o re-etiquetado, BCS al entregarle la cotización hará la exención tarifaria correspondiente. Otro caso particular es el mercado japonés donde sólo productos alimentarios puede ser certificado para JAS, esto quiere decir, que un producto no alimentario como el vino o los cosméticos no pueden llevar el sello JAS en ellos y deben ser certificados a nivel de la producción primaria y el procesamiento por un tercer reglamento a pedido del comprador japonés.
Dado que los reglamentos para la certificación de agricultura orgánica no son homologables entre sí y tampoco son de tipo retro-activos, se recomienda que al solicitar la certificación se haga de acuerdo al reglamento que pide cada mercado destino del producto a comercializar.
El proceso de certificación se completa en varias etapas sucesivas y complementarias, instancias que se ejecutan en Chile (inspección) y Alemania (certificación), respectivamente. Para detalles sobre el mismo puede revisar Pasos para Certificarse de este sitio web.
| CERTIFICACION DEL REGIMEN ORGÁNICO CANADIENSE |
| CERTIFICACION DEL ESTÁNDAR AGRÍCOLA ORGÁNICO JAPONÉS (JAS) |
| CERTIFICACION DE UN SISTEMA DE CONTROL INTERNO |
>Explicación |
>Miembros / Comité / Inspectores |
| CERTIFICACION BIO SUISSE |
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CERTIFICACION DEL REGIMEN ORGÁNICO CANADIENSE
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BCS ha optado por aprovechar el acuerdo entre los gobiernos de EEUU y Canadá, que mediante un documento denominado Confirmación de Equivalencia emitido por BCS Oko Garantie GmbH, permite a los productos certificados NOP ingresar a Canadá utilizando la denominación “orgánico” y el logo “bio” de Canadá sin necesidad de certificarse bajo la Regulación Canadiense para Productos Orgánicos (COPR), pero, siempre y cuando cumplan con los requerimientos técnicos correspondientes.
Requerimientos técnicos para optar a una Confirmación de Equivalencia
- Productos frescos y materias primas deben ser producidas sin el uso de nitrato de sodio (salitre sódico) en el transcurso de la temporada que se cosecha el producto. Unidades productivas que hayan hecho un uso histórico del insumo no requieren pasar por el periodo de transición de 36 meses. Sin embargo, la auditoria debe permitir confirmar que existe constancia de no utilización de nitrato de sodio en los registros de aplicaciones ni en el PSO. Esto no aplica para materias primas utilizadas en productos procesados.
- No se aceptan productos provenientes de la hidroponía ni aeroponía.
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Explicación Estandar Agrícola Orgánico Japonés (JAS)
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Los productos procesados para el mercado japonés, están regulados por el Ministerio de Agricultura, Forestería y Pesca (MAFF, por sus siglas en inglés), quienes fiscalizan el cumplimiento del estándar JAS, a través del Departamento de Estándares y Etiquetado mediante las Notificaciones para productos agrícolas orgánicos procesados N° 1608, 1466, 1607, 1832 y 186.
Dado que, tanto el Reglamento Europeo como el Programa Nacional Orgánico de los Estados Unidos de América está reconocido como equivalente al estándar orgánico JAS, una vez que el Operador certifica una de las normas anteriormente mencionadas deberá cumplir otras exigencias específicas adicionales para JAS, principalmente a nivel del control de calidad, y así alcanzar la certificación.
Lamentablemente sólo existe una versión en inglés de las Notificaciones JAS, las cuales están publicadas en la página: http://www.maff.go.jp/e/jas/specific/organic.html
Comparación
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• A diferencia de los reglamentos europeo y estadounidense, JAS incluye una lista positiva de productos que pueden ser utilizados para el control de plagas en instalaciones de procesamiento de productos alimenticios. Estos son solamente pesticidas naturales, por ende, el uso de insecticidas sintéticos en las instalaciones de procesamiento de productos alimenticios no está permitido.
• JAS no solo tiene una lista positiva de sustancias que pueden ser usadas en la producción orgánica, sino que también explícita que la contaminación de productos orgánicos por agroquímicos, detergentes, desinfectantes y otros químicos, tiene que ser evitada.
• A diferencia de los reglamentos europeo y NOP, JAS exige buenas condiciones sanitarias para el procesamiento de productos alimenticios y menciona que éstas deben “propender a una calidad superior de la materia prima y de los productos terminados”.
• Al igual que el reglamento NOP, pero a diferencia del reglamento CEE, JAS no solicita Certificados de Transacción Comercial, por lo tanto, BCS emitirá este documento bajo pedido.
Principios
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• Procedimientos Operativos Estandarizados (POEs): el Operador debe disponer por escrito de todos los detalles de producción, control de calidad y etiquetado (revise las notificaciones: 1830, 1831, 1833). Si usted ya tiene un Manual de Control de Calidad (MCC), entonces, basta incluir los capítulos requeridos para cubrir los requerimientos JAS.
• Sistema de Control de Calidad formalmente establecido: para las operaciones agrícolas, de procesamiento e intermediarios (Ej. “re-empacadores”). Este sistema de control de la calidad se conforma por:
- Un “Encargado de Auditoria Interna” (Grading Manager), quien debe estar profesionalmente calificado, contar con experiencia y tiene que ser nombrado con antelación a la certificación.
- Un “Proceso de Auditoria Interna JAS”, mediante el cual el “Encargado de Auditoria Interna” evalúa si cada lote específico fue producido en conformidad con los estándares orgánicos JAS y los POEs de la empresa y, así permitir etiquetar el producto y venderlo a otra empresa o exportarlo directamente a Japón.
- “Listas de chequeo”, mediante las cuales el proceso de auditoria de cada lote es documentado. Estas “listas de chequeo” tienen que ser archivadas por al menos un año, en el caso de procesadores / industriales y, al menos por 3 años en el caso de productores agrícolas.
• Etiquetado: cada envase exportado a Japón debe llevar una etiqueta restringida a las siguientes condiciones:
- Tiene que incluir el nombre del organismo certificador y el sello oficial JAS, éste último debe ser exactamente igual al diseño aprobado por el MAFF (vea la parte superior de este documento) quedando sólo el tamaño del sello al arbitrio del Operador.
- Sólo puede ser colocado sobre productos agrícolas comestibles (alimentos) y, por ningún motivo sobre productos no alimenticios como cosméticos, alcoholes, etc. Para el caso del vino sólo se acepta el uso del sello JAS una vez que la normativa nacional del país de origen es reconocida como equivalente (Ej. Estados Unidos de Norteamérica, Argentina, Italia, Reino Unido, Australia, España, Nueva Zelanda, Francia, etc.).
• Informe de Ventas con destino a la exportación: todos los Operadores con certificación JAS tienen que informar anualmente al organismo de certificación sobre las ventas de productos etiquetados con el sello JAS, tanto de exportación como aquellas vendidas dentro del país que luego serán exportadas. Como referencia se debe tomar el año económico japonés (1 de abril al 31 de marzo). Esta información será enviada por el organismo certificador al Ministerio de Agricultura, Forestería y Pesca de Japón lo más pronto posible después que se termina el año económico. Por lo tanto, los Operadores con certificación JAS deben enviar esta información resumida a BCS a más tardar el 31 de Mayo de cada año, y así evitar problemas para la recertificación al no ser enviada a tiempo.
Quién? Cómo?
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En la mayoría de los países europeos, Australia, Suiza, y los EEUU, una certificación JAS no es necesaria si la operación o empresa desea exportar sus productos a Japón, siempre y cuando la materia prima o el producto final sea de origen europeo y/o estadounidense, respectivamente; en el caso que productos de terceros países (Ej. Chile) sean utilizados como materia prima, la excepción de una certificación JAS sólo está autorizada si existe una diferencia significativa entre la materia prima y el producto final (Ej. fruta transformada en mermelada). En todos los demás países, los Operadores involucrados en la cadena de producción y procesamiento de productos JAS deben tener certificación JAS. Solamente los exportadores que no procesen por sí mismos, empaquen o etiqueten, están exentos de una certificación JAS.
El procedimiento de certificación es similar al aplicado para las otras regulaciones y puede obtenerse de Pasos para Certificarse de este sitio web.
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CERTIFICACION DE UN SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Explicación Certificación Sistema de Control Interno
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Los Reglamentos internacionales han sido desarrollados para las condiciones, estructuras y cultivos propios a sus realidades, es por ello que BCS con vista a la diversidad agroecológica y socioeconómica de otras regiones del mundo ha adaptado el contenido de los mismos, garantizando no alterar el sentido del marco legal que los sustenta, hacia métodos apropiados que permitan una certificación colectiva de las empresas organizadas de pequeños productores agrícolas, mediante la implementación de un sistema de control interno (SCI) administrado por el mismo grupo de productores, sistema que debe ser continuo, transparente y eficaz en la supervisión de todos los productores miembros de la agrupación.
El proceso de certificación de un Sistema de Control Interno es similar al aplicado en la certificación de un proyecto individual, sin embargo, el primer año la organización debe costear un Taller sobre SCI que es impartido por BCS Chile y se controla al 100% de los miembros de, ya a partir del segundo año el control se realiza sólo a un porcentaje de ellos, al Comité de Supervisión Interna y los Inspectores Internos.
Miembros / Comité / Inspectores
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Miembros que se caracterizan por ser beneficiarios INDAP, cultivar al menos un rubro eje común y habitar geográficamente cercanos entre ellos.
Comité de Supervisión Interna, quien es la autoridad interna competente y responsable frente a BCS, y sus funciones son:
- Mantener la documentación de cada productor (Ej: copia de registros productivos, documentación de las visitas, etc.).
- Archivar las indicaciones realizadas por BCS.
- Supervisar a los inspectores, evaluando la calidad y consistencia del trabajo.
- Asegurar el acceso sin límite a los inspectores de BCS y a los inspectores internos.
- Sancionar los incumplimientos detectados por los inspectores internos.
- Aceptar y cumplir todo tipo de condiciones y sanciones de parte de la agencia y/o de las autoridades de control.
Inspectores internos, que deben ser capacitados por la agencia certificadora y están a cargo de visitar el 100% de los productores por lo menos una vez al año, chequeando el cumplimiento del productor con los requisitos de la producción orgánica. Las visitas tienen que quedar documentadas en una ficha de control, utilizando el formato desarrollado por BCS, el cual debe llenarse para cada productor y ser firmado por el productor y el inspector. |
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CERTIFICACION BIO SUISSE
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En el mercado suizo la venta de productos orgánicos puede realizarse sólo si se dispone de una certificación bajo reglamento de la Comunidad Europea o según las regulaciones del sello privado líder que pertenece a la asociación de organizaciones de productores orgánicos Bio Suisse.
BCS Öko Garantie GmbH y Bio Suisse han establecido un acuerdo de cooperación mediante el cual aquellos operadores que busquen introducir materia prima o producto terminado a Suiza utilizando este reglamento privado puedan ser auditados por BCS, para posteriormente ser certificados por Bio Suisse de tal forma que se permita al importador utilizar este sello privado.
Es importante tener presente que previa a la auditoria con BCS, el exportador chileno debe haber establecido un contrato con un importador suizo y que a diferencia de otros reglamentos orgánicos no se acepta la convalidación del manejo anterior. |
Dependiendo del destino del producto final, por favor, pulse las opciones siguientes para mayores detalles:
• EMBARQUES A LA COMUNIDAD EUROPEA
• EMBARQUES A JAPON
• EMBARQUES A OTROS PAISES
• TRANSACCIONES AL INTERIOR DE CHILE
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